LICENCIA DE OBRAS EN ESTADO DE ALARMA

Durante el estado de alarma pueden concederse licencias, especialmente de primera ocupación de vivienda

LICENCIA DE OBRAS EN ESTADO DE ALARMA

El estado de alarma no ha impedido la posibilidad de continuar y resolver la tramitación de los procedimientos administrativos que hubieran podido causar perjuicios graves al interesado, con la conformidad del mismo.

Quizá no tenga mucho sentido conceder licencias bajo el estado de alarma, toda vez que las obras no van a poder llevarse a cabo, pero desde el momento en que se ha levantado la restricción de movilidad para determinados servicios desde el 13 de abril y, por tanto, se han reanudado las obras de construcción, con algunas limitaciones, como es el caso de las obras de reforma interior en edificios habitados, tiene todo el sentido del mundo otorgar licencias para aquellas obras que no estén afectadas por las limitaciones aludidas y, por tanto, se puedan ejecutar.

En el caso de una licencia de primera ocupación, al ser la vivienda de primera necesidad, cobra más sentido si cabe otorgar la licencia, para evitar daños y perjuicios al interesado, por lo que se debería otorgar la licencia en el menor plazo posible.

Nuestros profesionales pueden asesorarle en cuestiones sobre licencia de obras o continuación  y resolución de expedientes relacionadas con las mismas que hayan podido verse afectados por la situación de estado de alarma

 

 


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